Por medio de un comunicado, la Asamblea de Presidentes de los Colegios Profesionales resolvió declarar sin lugar la apelación planteada por los abogados Edie Josué Cux García y Luis David Gaitán Arana en contra de la decisión del Tribunal Electoral del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (Cang) en la que declaró electos a Nester Mauricio Vásquez Pimentel y Claudia Paniagua Pérez como magistrados titular y suplente de la Corte de Constitucionalidad.

Esto fue confirmado por Fernando Chacón, presidente del Cang, según indica la organización «Guatemala Visible».

https://www.publinews.gt/gt/noticias/2021/03/05/cang-elige-a-nester-vasquez-para-integrar-la-cc.html

Rechazan impugnación

Para llegar a su resolución, la Asamblea determinó que los argumentos torales del apelante radican en las siguientes posturas:

«(…) omisión de verificación de los méritos constitucionales para el ejercicio de la magistratura de la Corte de Constitucionalidad y falta de acreditación de la reconocida honorabilidad como requisitos indispensables para optar al cargo de magistrado de la CC (…)».

Se indica que estos argumentos son relacionados al acto de inscripción de los candidatos.

https://www.publinews.gt/gt/noticias/2021/04/14/accionan-en-contra-de-juramentacion-de-magistrados-de-la-corte-de-constitucionalidad.html

Se evidencia que la pretensión es impugnar la inscripción de los candidatos referidos hasta después de haber sido celebrado el evento electoral, «lo cual hace evidente la preclusión de su derecho de apelación, por no haberlo ejercido en su momento procesal oportuno», se añade.

Por esta razón, la Asamblea resolvió por mayoría declarar sin lugar el recurso de apelación de los abogados.

Al Congreso

Tras la confirmación de Nester Vásquez y Claudia Paniagua como magistrados titular y suplente a la CC, respectivamente, la juramentación queda en manos de la Comisión Permanente del Congreso de la República debido al periodo de vacaciones en dicho organismo que inició el 15 de mayo.

* Con información de Guatemala Visible.