La Corte de Constitucionalidad (CC) no decretó la suspensión provisional de la frase “las inscripciones de personas jurídicas”, contenida en el artículo 82 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada que utilizó el Juez Séptimo Penal, Fredy Orellana para ordenar al Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) la suspensión del Partido Movimiento Semilla.

La acción de inconstitucionalidad de ley de carácter general, parcial, fue planteada el pasado 3 de octubre por un grupo de abogados para que fuera excluida del ordenamiento jurídico del país.

 

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Vía Óscar Canel, Emisoras Unidas 89.7 FM