¿Cuándo se celebrará la Semana Santa el próximo año?
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¿Cuándo se celebrará la Semana Santa el próximo año?

Conoce en qué fechas se celebrará la Semana Santa el próximo año, así como otros asuetos y feriados del 2025.

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Si eres de las personas que le gusta anticiparse y conocer con antelación las fechas importantes del futuro, esta información es para ti. Te daremos a conocer algunos asuetos y feriados importantes del próximo así, así como los días en los que se celebrará la Semana Santa en el 2025. Estos datos pueden ser útiles si estás planeando alguna celebración o viaje especial.

El próximo año la Semana Santa se llevará a cabo de la siguiente manera:

  • 13 de abril - Domingo de Ramos
  • 14 de abril - Lunes Santo
  • 15 de abril - Martes Santo
  • 16 de abril - Miércoles Santo
  • 17 de abril - Jueves Santo
  • 18 de abril - Viernes Santo
  • 19 de abril - Sábado Santo
  • 20 de abril - Domingo de Resurrección o Domingo de Pascua

La Cuaresma dará inicio con el Miércoles de Ceniza el 5 de marzo de 2025.

https://emisorasunidas.com/2024/03/23/ofrecen-ayuda-al-turista-nacional-y-extranjero-en-semana-santa/

Otros asuetos, feriados y fechas especiales del 2025

  • Miércoles 1 de enero - Año Nuevo
  • Viernes 14 de febrero - Día del cariño
  • Jueves 1 de mayo - Día del trabajo
  • Sábado 10 de mayo - Día de la madre
  • Martes 17 de junio - Día del padre
  • Lunes 30 de junio - Día del Ejército
  • Viernes 15 de agosto - Día de la Virgen de la Asunción
  • Lunes 15 de septiembre - Día de la Independencia
  • Lunes 20 de octubre - Día de la revolución
  • Sábado 1 de noviembre - Día de Todos los Santos
  • Miércoles 24 de diciembre - Nochebuena
  • Jueves 25 de diciembre - Navidad
  • Miércoles 31 de diciembre - Nochevieja

En cuanto a los asuetos, es importante tomar en cuenta lo siguiente: El decreto 042-2010 establece que, con el objeto de promover el turismo interno nacional, cuando un día de asueto recaiga en día martes, este se gozará el lunes anterior; y si es miércoles o jueves, este se gozará el viernes inmediato; si el asueto recayera en día sábado o domingo, este no se modificará.

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