Fue publicado en el diario oficial el acuerdo que establece el asueto otorgado por el presidente Bernardo Arévalo para el sector público este lunes 21 de octubre, en el marco de la conmemoración del Día de la Revolución.

El acuerdo gubernativo número 163-2024 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social detalla que la decisión se tomó con base en que la Ley de Servicio Civil establece que dentro de los días de asueto con goce de salario se encuentra el 20 de octubre; sin embargo, esta ocasión la referida fecha corresponde al domingo, por lo que, en conmemoración de esta histórica fecha, se estima conveniente concederlo al día siguiente.

En el artículo 1 se detalla que se concede el permiso laboral para los servidores públicos que prestan sus servicios en las entidades centralizadas y descentralizadas de la administración pública.

Se exceptúa de esta normativa a los servidores públicos de las entidades que en cumplimiento a su Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo gocen el asueto un día distinto a lo indicado.

También se exceptúa a los servidores públicos de las instituciones que presten servicios públicos esenciales o los que tengan actividades programadas que se consideren impostergables, en cuyo caso las autoridades nominadoras deberán programar los turnos correspondientes para garantizar la prestación de los servicios.

Día inhábil por asueto

El acuerdo empieza a regir este mismo día tras ser difundido a través del Diario de Centro América. En este se explica que, como consecuencia del permiso, también se considerará como día inhábil la mencionada fecha para los efectos de cómputo de los plazos que deben observarse dentro de la administración pública.