La defensa de la exdiputada del partido Movimiento Semilla y actual directora del Instituto de la Víctima, Ligia Hernández, quien se encuentra en prisión y enfrenta proceso penal, presentó este jueves 17 de octubre una acción ante la Cámara de Amparo y Antejuicio de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
La abogada Patricia Gámez, quien integra el equipo legal de la sindicada, acudió a la referida sede de justicia con el objetivo de interponer el recurso y explicó que con el mismo se busca hacer valer los derechos de la funcionaria.
“Este es un reclamo de protección constitucional que se hace a nombre de nuestra patrocinada a efecto de que se le restablezcan sus derechos que han sido violentados”, explicó.
#AHORA Patricia Gámez, abogada defensora de Ligia Hernández, presenta acción constitucional de amparo en favor de su patrocinada. Esto, en la Sección de Amparos de la Cámara de Amparo y Antejuicio | Vía @noel_solis pic.twitter.com/zkUpc8MyYJ
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) October 17, 2024
Argumentos para plantear la acción a favor de Hernández
Gámez detalló que se ha requerido a la Cámara que proceda a proteger sus derechos constitucionales que, a su primerio, fueron conculcados por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones al emitir, con fecha 23 de septiembre de 2024, la resolución en la que confirmó la decisión del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de someterla a prisión preventiva.
Explicó que esto se da tomando en cuenta que la referida medida de coerción es considerada completamente innecesaria, desproporcional e injustificada.
La abogada agregó que el trámite del procedimiento penal sigue su curso y las etapas procesales se siguen llevando a cabo de conformidad con las actuaciones procesales.
En tanto, aseguró que el planteamiento que se hace hoy se enmarca en un tema de la situación jurídica personal que enfrenta cualquier ciudadano que está siendo imputado bajo el principio de inocencia y debido proceso. También en el derecho que se tiene de permanecer en libertad en tanto exista una decisión definitiva que le haga responsable de las acciones imputadas.
“Entonces, durante la tramitación del procedimiento tiene el derecho de permanecer en libertad, según lo establece el artículo 259 del Código Procesal Penal, que señala que la libertad no debe restringirse sino en los límites absolutamente indispensables para garantizar la presencia de la imputada al proceso”, enfatizó.
La entrevista expuso que tales límites no han sido sobrepasados en el presente caso y hay medidas menos graves a la prisión preventiva en las que Hernández puede permanecer mientras se ventila el proceso penal, pero el Juzgado Séptimo lo negó y la Sala ratificó esa decisión.
* Con información de Omar Solís, Emisoras Unidas Digital.